Estos
últimos días con motivo de la exhumación de los restos mortales de Franco de su
tumba del Valle de los Caídos, hemos vuelto a ver como se calificaba a la
bandera de España con el águila de San Juan como bandera “preconstitucional”, calificativo erróneo
que a fuerza de repetirlo periodistas, responsables políticos y tertulianos han
hecho de este error una verdad incontestable sustentada únicamente por la
ideología, la intencionalidad y la corrección política.
La
bandera con el águila de San Juan vigente desde 1938 y sobre la cual los padres
constituyentes no acordaron nada a favor ni en contra, pasó a ser una enseña
plenamente constitucional en el momento de la publicación en el BOE de la Constitución,
concretamente el 29 de diciembre de 1978. Ningún poder o institución del Estado
puso objeción alguna a su permanencia. Es más, en el ejemplar original de la
Constitución firmado por el Rey y los presidentes de las Cortes, el Congreso, el
Senado y el Gobierno figura en la portada impresa el águila de San Juan. Por lógica,
la Constitución no podría lucir símbolo alguno que fuera preconstitucional y
mucho menos inconstitucional.
La
bandera con el escudo de los Reyes Católicos utilizado con ligeras modificaciones
por el régimen franquista siguió vigente los tres primeros años de vida de la
Constitución, hasta que en las Cortes partidos interesados en romper con todo
lo relacionado con el régimen anterior optaron por presentar un modelo basado
en el ideado por el Gobierno Provisional de 1868, que a su vez estuvo inspirado
en el que usó José Bonaparte durante su breve reinado como José I.
Fue
la Ley 33/1981, de 5 de octubre la que derogó el escudo del águila de San Juan
hasta entonces en uso y estableció el actual escudo. Posteriormente fue desarrollada
por el Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre que definió el modelo oficial
del mismo y por el Real Decreto 2267/1982, de 15 de diciembre que especificó
técnicamente los colores del Escudo del Reino de España de acuerdo con las
recomendaciones del Instituto Español de Normalización, del Servicio de Normalización
Militar y los colores especificados en el sistema internacional CIELAB.
Por
tanto, admitir los calificativos de “preconstitucional”, “anticonstitucional” o
“inconstitucional” aplicados a la bandera con el escudo del águila de San Juan,
es absurdo, ilógico, contradictorio, carente de sentido y hasta de ilegal ya que
ese escudo está no solo en el ejemplar original de la Carta Magna, sino que
además durante tres años lució en la bandera de España que ondeaba en todos los
edificios públicos del Estado, en los despachos oficiales, en los acuartelamientos
donde además los soldados besaban esa bandera al jurar fidelidad al Rey y a la
Constitución, en los buques de la Armada, en las aeronaves, en las embajadas y
consulados, presente en las tomas de posesión de todos los cargos oficiales, en
las sentencias y resoluciones de los tribunales de justicia, Tribunal
Constitucional incluido, impreso en toda la papelería oficial y en documentos
de Estado, acuerdos y tratados internacionales, etc. Habría sido absurdo que el
Estado usara como escudo que lo identificara uno que no fuera legal y
plenamente constitucional.
La
bandera con el águila de San Juan fue por tanto durante tres años la bandera
constitucional de España. Fue la primera a pesar de que por motivaciones políticas
e ideológicas ahora se mantenga lo contrario.